Código. 9971739

Lote en Venta - Cali-Valle del Cauca

Cali, Valle del Cauca, Colombia


Detalles del inmueble

  • País: Colombia
  • Departamento: Valle del Cauca
  • Ciudad: Cali
  • Código: 9971739
  • Estado: Usado
  • Área Terreno: 180 m²
  • Tipo de inmueble: Lote / Terreno
  • Tipo de negocio: Venta

Descripción Adicional

Los lotes de terreno Nos. 7 y 8, ubicados en la Manzana 31-C, Etapa 8 de la Urbanización Villa Magna, con frente sobre las carreras 69B y 70 con calles 42A y 43, en el sector Ciudad 2000 de la ciudad de Santiago de Cali, departamento del Valle del Cauca, cuentan con un área de 90,00 m² cada uno. Geométricamente, corresponden a predios de disposición medianera, topografía plana y forma regular, desarrollados sobre un terreno con pendientes estimadas entre el 0 % y el 3 % aproximadamente. El sector dispone de infraestructura para la prestación de los servicios públicos domiciliarios de acueducto, alcantarillado, energía eléctrica y gas natural, y se encuentra clasificado dentro del estrato socioeconómico cuatro (4). Los linderos de los inmuebles se encuentran contenidos en la Escritura Pública No. 1343 del 27 de junio de 2017, otorgada en la Notaría 14 de Cali (Valle del Cauca). El inmueble se identifica con el Folio de Matrícula Inmobiliaria No. 370-963186, 370-963187   de la Oficina de Registro de Instrumentos Públicos de Cali, departamento del Valle del Cauca. El inmueble Actualmente se encuentra desocupado. ACTIVOS POR COLOMBIA S.A.S. no asumirá responsabilidad alguna por la gestión de trámites de licencias, legalización de permisos ni por la ejecución de obras que correspondan al futuro comprador. El inmueble será entregado en el estado material actual, sin que su descripción, ilustraciones, videos, cabida o linderos publicados generen obligación adicional. El interesado deberá, por su cuenta y costo, consultar ante las autoridades competentes los usos permitidos, restricciones y normativas aplicables al inmueble. No obstante, la cabida y los linderos establecidos tendrán validez como cuerpo cierto. ADMINISTRACIÓN Y PROCEDENCIA DEL INMUEBLE. Este inmueble es administrado por la SOCIEDAD DE ACTIVOS ESPECIALES – SAE S.A.S., la cual podrá delegar en ACTIVOS POR COLOMBIA S.A.S. trámites relacionados con la formalización y seguimiento de escrituración de conformidad con las facultades otorgadas y en el marco de la Enajenación Temprana, conforme a la Ley 1708 del 20 de enero de 2014 y todas las normas que la modifiquen. La SAE garantizará el suministro de toda la documentación necesaria según la naturaleza del inmueble para llevar a cabo la escrituración correspondiente a nombre del adjudicatario. SANEAMIENTO. La SAE se encargará del saneamiento jurídico de los inmuebles cuando tales afectaciones no hayan sido reconocidas expresamente en la Resolución de Enajenación Temprana, de conformidad con el artículo 93 de la Ley 1708 de 2014. SUBASTA ELECTRÓNICA. Solo podrán acceder a la subasta electrónica los clientes que estén debidamente registrados y habilitados en Actibid, hayan presentado manifestación de interés, cumplido con los requisitos documentales establecidos y hubiesen constituido la garantía para poder presentar oferta en la forma y por el monto exigido. El cliente que haya realizado la puja más alta válida será notificado electrónicamente como mejor cliente provisional. Esta condición estará sujeta a las verificaciones y aprobaciones previstas por ACTIVOS POR COLOMBIA S.A.S. y la SAE S.A.S. Todas las pujas, notificaciones y eventos del proceso quedarán registrados en los sistemas de Actibid, constituyendo evidencia digital del desarrollo de la subasta electrónica. La garantía de seriedad de la oferta será recaudada y quedará en la SAE S.A.S. hasta la notificación final de la oferta. ACTIVOS POR COLOMBIA S.A.S. notificará a la SAE S.A.S. y al preadjudicatario dentro del día hábil siguiente al cumplimiento del plazo para cancelar la garantía de seriedad de la oferta, previa decisión adoptada por el comité. FACULTADES. La SAE S.A.S., antes de la adjudicación definitiva, podrá desistir de la enajenación de los bienes sin que dicha decisión requiera motivación alguna. La SAE S.A.S. y ACTIVOS POR COLOMBIA S.A.S. están facultados para aplazar, suspender, modificar o cancelar unilateralmente el proceso previo al inicio de la subasta. Dichas decisiones no generarán derecho a pago alguno ni obligación de indemnización a favor de los oferentes por ningún concepto. Para información detallada sobre los trámites relacionados con la firma de la promesa de compraventa, saneamiento, traspaso de la propiedad, entrega del inmueble, impuestos, servicios públicos, cuotas de administración, honorarios y demás aspectos aplicables, consulte los términos y condiciones de la convocatoria. 


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